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10

Dec, 2023

El trabajo a turnos y nocturno

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Según el Estatuto de los Trabajadores, se define el trabajo a turnos como “toda forma de organización del trabajo en equipo según la cual los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo, según un cierto ritmo, continuo o discontinuo, implicando para el trabajador la necesidad de prestar sus servicios en horas diferentes en un período determinado de días o de semanas”. Asimismo, se considera trabajo nocturno el que tiene lugar “entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana” y se considera trabajador nocturno al que “invierte no menos de tres horas de su trabajo diario o al menos una tercera parte de su jornada anual en este tipo de horario.”

Las consecuencias que tienen sobre el ser humano pueden afectar negativamente a la salud y el bienestar: trastornos gastrointestinales y cardiovasculares, pérdida de apetito, alteraciones del sueño…; actividad laboral: aumento del número de errores, reducción del rendimiento, absentismo…; y en la vida social: pérdida de amistades, dificultad para disfrutar del ocio…

Las medidas preventivas que podemos aplicar son: aumentar las pausas y tiempos de descanso, reducir el trabajo a turnos, adaptar las condiciones de trabajo, dar a conocer con antelación el calendario de turnos y permitir flexibilidad y el consenso entre los trabajadores, evitar turnos dobles o muy largos.





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